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Profesora Lorena Carvajal expone en XIV Jornadas Nacionales de Derecho de Seguros

Los días 22 y 23 de noviembre tuvieron lugar las XIV Jornadas Nacionales de Derecho de Seguros organizadas por AIDA (Association Internationale de Droit des Assurance) - Chile y la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile.

En el primer día, en el Aula Magna de la Casa Central UC, se reconoció a quienes intervinieron en la reforma a la regulación del Derecho de seguros a través de la dictación de la Ley N° 20.667 de 9 de mayo de 2013.

La charla magistral estuvo a cargo de José Antonio Gaspar, director general jurídico de la Comisión para el Mercado Financiero. El tema abordado fue “Desafíos a 10 años de la reforma a la Ley 20.667”.

En el segundo día tuvieron lugar varios grupos de trabajo. A saber: seguro de crédito y garantía; seguro de responsabilidad civil; seguro de personas y pensiones; nuevas tecnologías; fraude de seguros; y resolución de conflictos.

El grupo de trabajo sobre seguro de responsabilidad civil, presidido por el profesor de Derecho Comercial de la Universidad Adolfo Ibáñez, Osvaldo Lagos, trabajó sobre la base de una ponencia que ofreció la profesora de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Dra. Lorena Carvajal, titulada: “Seguro de responsabilidad civil y buena fe por interrupción de la cadena de suministro”.

En dicha ponencia se abordaron los siguientes tópicos: la necesidad de informar la interrupción; la normativa aplicable; y, si se toma conocimiento de la interrupción, cuál es el paso siguiente tanto para asegurado como para asegurador. La teoría que postula la profesora es que, en virtud de la buena fe, la aseguradora debe ponderar la situación e inclinarse por la adecuación del contrato (cuando no resulte excesivamente oneroso) y no simplemente por su terminación, conforme a la facultad que le otorga la ley. Este esfuerzo intelectual tiende a dar operatividad a los seguros para cubrir pérdidas derivadas de interrupción de operaciones, ya que durante la pandemia las aseguradoras lograron exonerarse del pago de las indemnizaciones en el caso de business interruption insurance (pérdida de beneficios + PxP). 

Facultad y Escuela de Derecho PUCV