Administración Pública

> TítuloAdministrador Público / Administradora Pública

Carrera profesional de ocho semestres sin Licenciatura.

>ACREDITACIÓN

Acorde a la Ley 21.091 de Educación Superior, las carreras de Pregrado podrán acreditarse a partir del año 2025. Las únicas carreras que deben acreditarse en forma obligatoria, entre el 2018 y el 2024, son las pedagogías y algunas carreras del área de salud como medicina y odontología.

> Duración
8 semestres

> CÓDIGO

14201

> Ponderación

NEM: 20%
Ranking: 20%
Comprensión Lectora: 30%
Matemática 1: 20%
Historia y Cs. Sociales o Ciencias: 10%

En el caso de las Pruebas Optativas de ciencia e historia, cualquiera de éstas son igualmente válidas. Si el postulante ha rendido ambas pruebas, para determinar su puntaje ponderado, se considerará la prueba optativa en que haya obtenido el mayor puntaje.

PUNTAJE PROMEDIO MÍNIMO DE POSTULACIÓN (C. LECTORA Y MATEMÁTICA 1) 485
Administración Pública

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Amunátegui #1838, Recreo, Viña del Mar, Chile